lunes, 29 de noviembre de 2010

SEMINARIO INTERVENCIÓN.16-NOVIEMBRE




INFANCIA Y FAMILIA (ACOGIMIENTO FAMILIAR)



En primer lugar, voy a destacar la normativa del acogimiento familiar:



· La figura del Acogimiento Familiar en Andalucía ha sido desarrollada jurídicamente a través del Decreto 282/2002 de 12 de Noviembre de Acogimiento Familiar y Adopción, que tiene por objeto regular la actuación de la Administración de la Junta de Andalucía en los procedimientos de acogimiento familiar y adopción de menores.



· La ley 1/1988, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor. La presente Ley establece el marco jurídico de actuación en materia de promoción y protección de los derechos de los menores, así como en relación con la ejecución de las medidas que sobre los mismos sean acordadas por los Juzgados competentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin prejuicio de lo que disponga la legislación estatal.



· El Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, tiene por objeto regular la actuación de la Administración de la Junta de Andalucía en los procedimientos de desamparo, tutela y guarda de menores.

JUNTA DE ANDALUCÍA:

CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL:



INFANCIA Y FAMILIA (Acogimiento familiar).



Seguidamente, voy a hablar de lo que se explicó en este seminario. Rocío comenzó dicha charla o seminario diciéndonos que por grupos de 5 o 6 personas definiéramos familia y qué tipos de menores acuden a un centro de acogida. Cuando pusimos todas las respuestas en común obtuvimos lo siguiente:



REQUISITOS FAMILIAS:


  • Normas de convivencia.
  • Situación legal y/o socialmente reconocida.
  • Lazos de afectividad entre padres y niños/as.
  • Capacidad de satisfacer las necesidades básicas (alimentación, afecto,…).
  • Protección (seguridad, apoyo).
  • Bienestar de sus miembros (escolarización).
  • Socialización primaria (familia).
  • Ayuda mutua.
  • Roles.
  • Disponibilidad.
  • Estrategias para menores para que se desarrollen en el futuro.

TIPOS DE MENORES QUE ACUDEN A UN CENTRO DE ACOGIDA:

  • Menores en situación de desamparo.
  • Menores que no tengan familias (no tienen tutor legal).
  • Menores con problemas de adaptación (delincuencia, robo,…).
  • Menores maltratados.
  • Menores en riesgo de exclusión social.
  • Derechos de menores con riesgo.
  • Menores con núcleo familiar desestructurado.
  • Menores inmigrantes.
  • Falta de capacidad en la familia (discapacidad, deficiencia,…).
  • Absentismo.
  • Menores con padres adolescentes.
  • Prisión.

Después visualizamos este vídeo:




Debido a factores como son la toxicomanía, estancias en prisión, problemas con el alcohol, hijos de adolescentes,.., a veces los hijos se ven obligados a crecer apartados de sus padres biológicos: una situación que va a dejar secuelas el resto de sus vida (eso sí, se intenta que queden las menos secuelas posibles).

Datos que llaman bastante la atención:

  • En 2007-2009, 200 menores se han beneficiado del acogimiento familiar de urgencia, evitando así su paso por instituciones.
  • 3625 niños andaluces viven su día a día en centros de acogida, son los llamados menores institucionalizados.
  • En Sevilla, menos del 10% vuelven con su familia biológica.

CONCEPTO DE ACOGIMIENTO FAMILIAR: convivencia e integración en una familiar acogedora de un niño o niña que deber ser separado/a temporalmente de su familia biológica, evitando su estancia en una institución.

CLASIFICACIÓN DEL ACOGIMIENTO FAMILIAR:

  • Acogimiento familiar simple: permanencia transitoria en familiar acogedora hasta la reunificación familiar u otra medida más estable como la adopción. Medida que permite evitar el ingreso y la instancia prolongada de los menores en centros de acogida.

    • Acogimiento familiar de urgencia: modalidad del acogimiento familiar simple. Es una medida de intervención inmediata destinada a niños de entre 0 y 6 años.
  • Acogimiento familiar permanente: incorporación a familia acogedora por tiempo indefinido y sin previsión de retorno a su núcleo familiar.

La familiar de acogida tiene que cumplir una serie de requisitos para poder acoger, y los aspectos más importantes son la capacidad y actitud para el cuidado del menor, o la plena dedicación al menor (disponibilidad), estabilidad familiar y emocional.

El acogimiento es una medida muy favorable en todos los sentidos, incluso a nivel económico, ya que los gastos derivados de un niño en una familiar son mucho más reducidos que los que conlleva el mantenimiento de un centro de acogida, en los que a veces puede llegar a hacer más profesionales que niños.

Una estrategia de intervención que se podría llevar a cabo es fomentar el acogimiento de los menores, incrementando las campañas de sensibilización y comunicación ciudadana.

En el proceso de acogimiento familiar también está el Equipo de Tratamiento Familiar (ETF). El Programa de Tratamiento a Familias con Menores tiene un carácter eminentemente preventivo y una doble finalidad:

· Por un lado, evitar la adopción de medidas de protección que conlleven la separación del menor y la menor de su familia, normalizando el funcionamiento familiar mediante un tratamiento específico, integral, interdisciplinar e integrador que permita la adquisición de pautas rehabilitadoras que compensen la situación de riesgo social que pueda afectar directa o indirectamente al bienestar de los y las menores.

· Por otro lado, promover, en aquellos casos en que sea posible, la reunificación familiar de menores respecto de los que, con anterioridad, se adoptó una medida de protección.

Y el perfil de las personas destinatarias privilegia algunas de las siguientes características y/o condiciones psicosociales:

  • Familias con menores a su cargo en situación de riesgo social.
  • Familias monoparentales con hijos e hijas menores de 18 años en situación de dificultad social.
  • Familias en cuyo seno se han detectado situaciones de violencia que afectan directa o indirectamente a los y las menores a su cargo.
  • Familias con menores con los que se ha adoptado una medida protectora, para posibilitar su reinserción familiar.

Un menor está en proceso de acogimiento entre 0 y 6 meses, en acogimiento familiar simple, más 3 meses adicionales si se prevé que su familia biológica puede rehabilitarse. En acogimiento familiar permanente, es muy raro que el menor vuelva con su familia biológica.



Los menores en riesgo social son aquellos que tienen bajas posibilidades de desarrollarse normalmente e integrarse funcionalmente a la sociedad, dadas ciertas condiciones familiares y sociales desfavorables asociadas normalmente a la extrema pobreza. Algunos de los factores desfavorables pueden ser: el ambiente de inestabilidad familiar y violencia intrafamiliar, los maltratos físicos y psicológicos, el consumo de drogas, el abandono escolar y trabajo prematuro el embaraza precoz,…



Un aspecto que hay que tener muy en cuenta, y muy claro es:

MENORES EN RIESGO VS MENORES DE RIESGO



En el proceso de acogimiento familiar permanente, el menor está con la familia acogedora hasta su mayoría de edad.

Otro caso que se puede dar es, que en el proceso de acogimiento familiar simple o de urgencia, el menor acogido vuelva con su familia biológica porque ésta se rehabilita, a los meses la familia biológica recae (por ejemplo en las drogas), y el menor vuelve con otra familia de acogida, no siendo la misma familiar que primero lo acogió, ya que esta última cuando se le acaba el acogimiento, vuelve a entrar en las listas de acogimiento familiar.

Personalmente, me ha parecido bastante interesante este seminario, ya que se han tratado aspectos que no conocía. Pienso que en este seminario, que se ha dado de una forma alternativa a lo que estamos acostumbrados, podemos ver cuál es la verdadera realidad, la que tendremos que afrontar en un futuro como trabajadores sociales y educadores sociales.

1 comentario:

  1. Vas muy bien con el Blog Inma. Se ve el trabajo constante y estructurado, tus entradas tienen sentido y aportas cosas voluntarias. En tu caso quizás incidir en que no seas tan esquemática. Entiendo que para organizar el contenido de cada entrada es muy bueno, pero intenta redactar de forma ordenada cada epígrafe y quedará menos esquemático y más como un artículo. Muy buen trabajo

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